Convivir es vivir en compañía de otro u
otros.
En su acepción más amplia, se trata de un
concepto vinculado a la coexistencia pacífica y armónica de grupos humanos en
un mismo espacio.
Por lo tanto, para generar un ambiente
que propicie una buenas relaciones interpersonales en una comunidad, quienes la
conforman deben tener muy claro, que tanto el “Respeto” como la “solidaridad”
son dos valores imprescindibles para que la convivencia armónica sea posible.
-Convivencia social: La
convivencia social consiste en el respeto mutuo entre las personas, las cosas y
el medio en el cual vivimos y desarrollamos nuestra actividad diaria. Decimos
de la importancia de las leyes para que éstas regulen y garanticen el
cumplimiento de esa convivencia social.
-Convivencia familiar: Es
aquella que se da entre los miembros de una familia.
-Convivencia escolar: Es
la interrelación entre los miembros de un plantel escolar, la cual incide de
manera significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual del
alumnado y de las relaciones que establecen entre sí y con el personal docente
y directivo.
-Convivencia humana: Es
aquella que se vive en toda la raza humana sin tener ningún vínculo de ningún
tipo. El ser humano no es un ser solitario sino todo lo contrario, somos seres
sociales.- Necesitamos de los demás para vivir mejor y poder desarrollarnos.
Sin embargo estos otros seres a los que necesitamos, son diferentes. La
diversidad es la clave de la humanidad, todos somos humanos y diferentes, ésta
característica, ésta diferencia es lo que nos alimenta y nos hace crecer como
personas pero también es la diferencia la que provoca el
conflicto.
-Convivencia democrática: Significa
vivir “con” el que piensa distinto o que tiene distinto idioma, cultura, raza,
religión en armonía sin que los derechos de una persona avancen sobre los
derechos de los demás. Para respetar la convivencia democrática hay una
obligación moral y subjetiva, que es la que nos cabe como integrantes del
género humano y que está basada en que todos los seres humanos deben tener un
trato igualitario sin importar las diferencias de origen.
-Convivencia Ciudadana: Cualquier comunidad requiere de
disposiciones que normen su convivencia, la manera de comunicarse, relacionarse
y actuar. Es así como existen tratados, convenios y convenciones que regulan la
convivencia de la comunidad internacional; leyes nacionales que norman la vida
de la República; leyes regionales y ordenanzas que disponen la cohabitación en
los Estados y Municipios, respectivamente. Del mismo modo, la comunidad que
integran ciudadanos y ciudadanas que habitan en el área del Consejo Comunal,
necesitan normar su convivencia, la de los vecinos entre sí, para mejorar la
calidad de vida, evitar problemas o facilitar la solución de éstos.
No
es solamente que la lógica y el buen criterio nos llevan a concluir que es
necesario un reglamento de cohabitación de los vecinos, sino que la Ley de los
Consejos Comunales, Art. 6, al señalar las atribuciones de la Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas, establece en el Numeral 1, dándole la primera
prioridad, “Aprobar las normas de convivencia de la comunidad”, es decir,
aprobar el Reglamento de Convivencia Ciudadana.
La
mayoría de nuestros Consejos Comunales todavía no disponen de su Reglamento de
Convivencia Ciudadana, o manual de los consejos comunales.
La
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, tiene como deber designar una Comisión
Especial para la elaboración del Proyecto. Es recomendable que la integración
de la Comisión, sea plural y representativa de los distintos sectores de la
comunidad; sea multidisciplinaria, constituida por ciudadanos de diferentes,
profesiones y oficios, así como de distintos sexos, edades y sectores
geográficos dentro del área del Consejo Comunal.
Así
constituida, la Comisión Especial debe redactar un primer borrador o papel de
trabajo, que consultará en las distintas estancias de la comunidad, para lograr
un documento más completo y participativo, lo que, no solamente lo hará mejor y
más eficiente, sino que facilitará su posterior aprobación en la Asamblea, al
gozar del consenso necesario.
El
Reglamento tiene el propósito de consolidar las bases para la vida armoniosa, y
contendrá la preservación de la seguridad de las personas y sus bienes, así
como del orden público; también es indispensable que contenga normas sobre el
ambiente y ornato, el cuidado del buen estado de bienes públicos y comunales;
la circulación de tránsito peatonal y vehicular; la utilización de espacios
públicos; la venta e ingesta de bebidas alcohólicas en espacios abiertos; la
colocación de afiches y pinturas en paredes dentro de la comunidad, así como
manchas, sucios o rayas en ellas.
Un
problema que interesa y afecta a cualquier comunidad, es la disposición final
de desechos sólidos y líquidos, así como la prohibición expresa a los vecinos
de hacer sus necesidades fisiológicas en lugares públicos, la producción y
control de ruidos molestos, incluyendo los procedentes de fiestas o reuniones,
así como las obligaciones de los amos por tenencia de animales domésticos.
Las
normas sin sanción invitan a su incumplimiento, por lo que el Reglamento debe
contener la penalización de los infractores, así como mecanismos para
investigar, sancionar y hacer viables las amonestaciones o alertas a los
vecinos. La penalización puede ir orientada, fundamentalmente, al
establecimiento de multas y a la realización de trabajos comunitarios. Tomar en
cuenta la Ley Orgánica de Justicia de Paz y sus útiles disposiciones, resulta
provechoso al Reglamento de Convivencia, en el que se debe establecer para el
Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, la obligación de vigilar se haga efectiva
la Justicia de Paz en su ámbito.
Sin
educación Ciudadana no hay convivencia ciudadana. En el Reglamento son vitales
las normas sobre educación y concientización para la vida en común entre los
ciudadanos. Las palabras de Ernesto Che Guevara resultan pertinentes:
“Nosotros, socialistas, somos más libres porque somos más plenos; somos más
plenos por ser más libres”.
Son
principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en función de
realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir,
apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento en lugar de
otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.
Nos
proporcionan una pauta para formular metas y propósitos, personales o
colectivos. Reflejan nuestros intereses, sentimientos y convicciones más
importantes de una manera más específica, para definir los valores,
debemos distinguirlos atendiendo a su condición como valores individuales (valores
humanos), o como valores
colectivos, de los que se distinguen los valores sociales y los valores
culturales.
Los primeros, se nutren de las premisas
que impulsan al ser humano en su progreso en la continua búsqueda de la
perfección. En cambio, los valores sociales son los principios que gestan las
acciones comunes de los individuos que pertenecen a una colectividad. Y en
tercer lugar, los valores culturales se identifican con la base sobre la que se
desarrolla la identidad de un pueblo, sus usos y costumbres.
Son importantes y necesarios, pues son los
pilares sobre los que se cimienta la identidad humana, nos sirven de guía para
poder convivir sobre la base de la sinergia social, y son la condición que
forma y distingue a una comunidad.