jueves, 10 de julio de 2014

Convivencia

*        Convivencia

       Convivir es vivir en compañía de otro u otros.
       En su acepción más amplia, se trata de un concepto vinculado a la coexistencia pacífica y armónica de grupos humanos en un mismo espacio.
       Por lo tanto, para generar un ambiente que propicie una buenas relaciones interpersonales en una comunidad, quienes la conforman deben tener muy claro, que tanto el “Respeto” como la “solidaridad” son dos valores imprescindibles para que la convivencia armónica sea posible.

*        Tipos de Convivencia

-Convivencia social: La convivencia social consiste en el respeto mutuo entre las personas, las cosas y el medio en el cual vivimos y desarrollamos nuestra actividad diaria. Decimos de la importancia de las leyes para que éstas regulen y garanticen el cumplimiento de esa convivencia social.

 -Convivencia familiar: Es aquella que se da entre los miembros de una familia.

 -Convivencia escolar: Es la interrelación entre los miembros de un plantel escolar, la cual incide de manera significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual del alumnado y de las relaciones que establecen entre sí y con el personal docente y directivo.

 -Convivencia humana: Es aquella que se vive en toda la raza humana sin tener ningún vínculo de ningún tipo. El ser humano no es un ser solitario sino todo lo contrario, somos seres sociales.- Necesitamos de los demás para vivir mejor y poder desarrollarnos. Sin embargo estos otros seres a los que necesitamos, son diferentes. La diversidad es la clave de la humanidad, todos somos humanos y diferentes, ésta característica, ésta diferencia es lo que nos alimenta y nos hace crecer como personas   pero también es la diferencia la que provoca el conflicto.

 -Convivencia democrática: Significa vivir “con” el que piensa distinto o que tiene distinto idioma, cultura, raza, religión en armonía sin que los derechos de una persona avancen sobre los derechos de los demás. Para respetar la convivencia democrática hay una obligación moral y subjetiva, que es la que nos cabe como integrantes del género humano y que está basada en que todos los seres humanos deben tener un trato igualitario sin importar las diferencias de origen.

-Convivencia Ciudadana: Cualquier comunidad requiere de disposiciones que normen su convivencia, la manera de comunicarse, relacionarse y actuar. Es así como existen tratados, convenios y convenciones que regulan la convivencia de la comunidad internacional; leyes nacionales que norman la vida de la República; leyes regionales y ordenanzas que disponen la cohabitación en los Estados y Municipios, respectivamente. Del mismo modo, la comunidad que integran ciudadanos y ciudadanas que habitan en el área del Consejo Comunal, necesitan normar su convivencia, la de los vecinos entre sí, para mejorar la calidad de vida, evitar problemas o facilitar la solución de éstos.

       No es solamente que la lógica y el buen criterio nos llevan a concluir que es necesario un reglamento de cohabitación de los vecinos, sino que la Ley de los Consejos Comunales, Art. 6, al señalar las atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, establece en el Numeral 1, dándole la primera prioridad, “Aprobar las normas de convivencia de la comunidad”, es decir, aprobar el Reglamento de Convivencia Ciudadana.

       La mayoría de nuestros Consejos Comunales todavía no disponen de su Reglamento de Convivencia Ciudadana, o manual de los consejos comunales.

       La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, tiene como deber designar una Comisión Especial para la elaboración del Proyecto. Es recomendable que la integración de la Comisión, sea plural y representativa de los distintos sectores de la comunidad; sea multidisciplinaria, constituida por ciudadanos de diferentes, profesiones y oficios, así como de distintos sexos, edades y sectores geográficos dentro del área del Consejo Comunal.

       Así constituida, la Comisión Especial debe redactar un primer borrador o papel de trabajo, que consultará en las distintas estancias de la comunidad, para lograr un documento más completo y participativo, lo que, no solamente lo hará mejor y más eficiente, sino que facilitará su posterior aprobación en la Asamblea, al gozar del consenso necesario.

       El Reglamento tiene el propósito de consolidar las bases para la vida armoniosa, y contendrá la preservación de la seguridad de las personas y sus bienes, así como del orden público; también es indispensable que contenga normas sobre el ambiente y ornato, el cuidado del buen estado de bienes públicos y comunales; la circulación de tránsito peatonal y vehicular; la utilización de espacios públicos; la venta e ingesta de bebidas alcohólicas en espacios abiertos; la colocación de afiches y pinturas en paredes dentro de la comunidad, así como manchas, sucios o rayas en ellas.

       Un problema que interesa y afecta a cualquier comunidad, es la disposición final de desechos sólidos y líquidos, así como la prohibición expresa a los vecinos de hacer sus necesidades fisiológicas en lugares públicos, la producción y control de ruidos molestos, incluyendo los procedentes de fiestas o reuniones, así como las obligaciones de los amos por tenencia de animales domésticos.

       Las normas sin sanción invitan a su incumplimiento, por lo que el Reglamento debe contener la penalización de los infractores, así como mecanismos para investigar, sancionar y hacer viables las amonestaciones o alertas a los vecinos. La penalización puede ir orientada, fundamentalmente, al establecimiento de multas y a la realización de trabajos comunitarios. Tomar en cuenta la Ley Orgánica de Justicia de Paz y sus útiles disposiciones, resulta provechoso al Reglamento de Convivencia, en el que se debe establecer para el Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, la obligación de vigilar se haga efectiva la Justicia de Paz en su ámbito.

       Sin educación Ciudadana no hay convivencia ciudadana. En el Reglamento son vitales las normas sobre educación y concientización para la vida en común entre los ciudadanos. Las palabras de Ernesto Che Guevara resultan pertinentes: “Nosotros, socialistas, somos más libres porque somos más plenos; somos más plenos por ser más libres”.

*        Los Valores

       Son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento en lugar de otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.

       Nos proporcionan una pauta para formular metas y propósitos, personales o colectivos. Reflejan nuestros intereses, sentimientos y convicciones más importantes de una manera más específica, para definir los valores, debemos distinguirlos atendiendo a su condición como valores individuales (valores humanos), o como valores colectivos, de los que se distinguen los valores sociales y los valores culturales.

       Los primeros, se nutren de las premisas que impulsan al ser humano en su progreso en la continua búsqueda de la perfección. En cambio, los valores sociales son los principios que gestan las acciones comunes de los individuos que pertenecen a una colectividad. Y en tercer lugar, los valores culturales se identifican con la base sobre la que se desarrolla la identidad de un pueblo, sus usos y costumbres.

*        Importancia de los Valores


       Son importantes y necesarios, pues son los pilares sobre los que se cimienta la identidad humana, nos sirven de guía para poder convivir sobre la base de la sinergia social, y son la condición que forma y distingue a una comunidad.